Inicialmente fueron creados como una alternativa para la industria alimentaria, pero al final se han convertido en un dolor de cabeza para la salud o, mejor dicho, para el corazón. Y es que las grasas trans (o conocido en los manuales como ácidos grasos trans), son causa de muchas enfermedades cardiovasculares, cáncer y diabetes mellitus.
Inicialmente fueron creados como una alternativa para la industria alimentaria, pero al final se han convertido en un dolor de cabeza para la salud o, mejor dicho, para el corazón. Y es que las grasas trans (o conocido en los manuales como ácidos grasos trans), son causa de muchas enfermedades cardiovasculares, cáncer y diabetes mellitus. Sin embargo, su presencia en la industria es tan fuerte que es casi imposible su erradicación. Ante ello, nuestro país ha aprobado una norma técnica que obliga a las empresas fabricantes de alimentos, que usan este insumo en sus procesos, a rotular o etiquetar esta información en los envases de sus productos.
Debido a esta problemática, el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), decidió aprobar la nueva edición de la Norma Técnica Peruana que establece la forma adecuada de consignar información sobre el contenido de ácidos grasos trans (AGT) en el etiquetado de los alimentos envasados.
La finalidad es contribuir al cumplimiento del artículo 36 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor referido al etiquetado y denominación de los alimentos en el Perú.
“Desde el Inacal, buscamos brindar orientación a los proveedores y fabricantes de alimentos envasados para que, a través de la estandarización de advertencias publicitarias, se pueda identificar las grasas trans desde la etiqueta”, indicó la presidenta ejecutiva del Inacal, Clara Gálvez. Esto permitirá que ciudadanos y consumidores identifiquen de manera clara y visible, si determinados productos cumplen con la norma vigente emitida por la autoridad competente, que es la que establece los límites y porcentajes de grasas trans permitidos; así mismo el etiquetado les permitirá tomar decisiones adecuadas para la protección de su salud.
Según la norma técnica “NTP 209.655:2023. ETIQUETADO. Declaración del contenido de ácidos grasos trans”, para colocar de forma correcta información en el etiquetado de los alimentos industrializados envasados que contengan ácidos grasos trans, deben seguir las siguientes recomendaciones:
El contenido de ácidos grasos trans debe expresarse como “grasas trans”, “grasa trans”, “ácidos grasos trans” o AGT. Si el producto cuenta con información nutricional, la declaración de la cantidad debe ir consignada después del contenido de ácidos grasos saturados, en un renglón separado. Sobre la cantidad de ácidos grasos trans que contienen los alimentos deberá expresarse en gramos por 100 g, 100 mL o por envase, si este contiene solo una porción. Además, esta información podrá darse por ración cuantificada en la etiqueta o por porción si se declara el número de porciones que contenga el envase.Para efectos de la declaración de nutrientes (información nutricional) se debe consignar el valor total de AGT (origen natural e industrial). En caso de no contar con información nutricional en la etiqueta, el contenido de ácidos grasos trans deberá consignarse al final de la lista de ingredientes.
Para efecto de advertencia publicitaria (octógonos), se debe considerar que, si el valor de AGT declarado en la etiqueta es 0, por redondeo se entiende que no contiene ácidos grasos trans.
Fuente: https://www.revistaeconomia.com