Se retira el tartrato de estearilo (E 483) de la lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados
La Comisión Europea retira la autorización del aditivo alimentario tartrato de estearilo (E483) mediante la publicación del Reglamento (UE) 2023/2379 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2023, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión en lo que se refiere al aditivo alimentario E 483 (tartrato de estearilo).
El tartrato de estearilo (E 483) es una sustancia autoritzada como aditivo alimentario en determinados alimentos.
En 2020, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) emitió un dictamen científico sobre la reevaluación del tartrato de estearilo (E 483) (EFSA Journal 2020;18(3):6033) como aditivo alimentario y no pudo confirmar la seguridad del tartrato de estearilo como aditivo alimentario por falta de datos.
En 2021, la Comisión puso en marcha una convocatoria pública de datos técnicos y científicos sobre el aditivo alimentario permitido tartrato de estearilo (E 483) centrada en las necesidades de datos detectadas por la EFSA. No se presentaron datos y, por tanto, la EFSA no puede completar la reevaluación de la seguridad del tartrato de estearilo como aditivo alimentario.
Al no poder determinarse si esta sustancia sigue cumpliendo las condiciones para su inclusión en la lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados, la Comisión lo ha retirado de la lista de la Unión de aditivos alimentarios.
Para que los explotadores de empresas alimentarias puedan encontrar alternativas al tartrato de estearilo (E 483), el presente Reglamento debe empezar a aplicarse seis meses después de la fecha de su entrada en vigor.
Fuente: acsa.gencat.cat
5 octubre 2023